Siete tipos, un modelo trimestral, otro anual y la franquicia del minorista. Kraakup lo lleva por dentro, para que tú solo elijas el tipo y sigas trabajando.
Tiene sus propios tipos, sus propios modelos y una franquicia para minoristas que no existe en la península. Un programa que trata el IGIC como un porcentaje más acaba dándote sustos en el trimestre.
Kraakup nació en Canarias, así que el IGIC no es un añadido: es uno de los tres impuestos que maneja de serie, junto al IVA y al IPSI. Eliges el tipo en la línea de factura y el resto —cálculo, libros y casillas del modelo— sale solo.
| Tipo | Se aplica a |
|---|---|
| 0 % | Productos de primera necesidad: agua, pan, libros, medicamentos, y desde 2026 también camas médicas y hospitalarias. |
| 1 % | Novedad de 2026: petróleo y productos derivados del refino, que antes iban al 0 %. |
| 3 % | Tipo reducido: minería, industria química, textil, transporte terrestre y reparaciones. |
| 7 % | Tipo general. Es el residual: todo lo que no encaje en otro tipo. Equivale al 21 % peninsular. |
| 9,5 % | Tipo incrementado: vehículos, embarcaciones y algunos servicios. |
| 15 % | Tipo incrementado: joyería, peletería, perfumería y bebidas alcohólicas. |
| 20 % | Tipo especial: labores de tabaco negro. |
El Modelo 420 es tu autoliquidación trimestral: IGIC repercutido en tus facturas menos el soportado en tus gastos. Kraakup lo calcula con las bases y cuotas separadas por tipo, que es donde más se falla al hacerlo a mano.
El Modelo 425 es el resumen anual, y sale de lo mismo sin que tengas que volver a montarlo.
Este año han cambiado dos cosas: se ha creado un tipo del 1 % para el petróleo y los productos derivados del refino, que antes iban al 0 %, y el tipo 0 % se ha ampliado a las camas médicas, electromédicas y hospitalarias, que antes estaban al 3 %.
Facturar con IGIC no te exime del RD 1007/2023. Kraakup genera el registro encadenado, el QR y la remisión a la AEAT en cada factura, con su Declaración Responsable publicada. Lo tienes explicado en detalle en la página de Verifactu.
El 7 %. Es un tipo residual: se aplica a todo lo que no esté sometido a otro de los tipos previstos. Equivale al 21 % del IVA peninsular.
Siete en 2026: 0 %, 1 %, 3 %, 7 %, 9,5 %, 15 % y 20 %. El 1 % es nuevo de este año, para petróleo y derivados del refino.
No. Lo calcula y te deja las casillas hechas desde tus facturas y gastos. Presentar y firmar en la Agencia Tributaria Canaria es cosa tuya o de tu asesor.
Sí. El impuesto se resuelve por operación, así que puedes emitir con IGIC en Canarias, con IVA a la península y exento a la UE sin cambiar de programa.
Sí. Puedes emitir sin repercutir cuando corresponda y llevar el control del recargo del minorista.
Información general sobre la norma, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Para tu caso concreto, consulta con tu asesor.